Encuestas de satisfacción

Encuestas de satisfacción

BASES Y CONDICIONES

 “Encuesta Satisfacción Shoppings”

 

IRSA INVERSIONES Y REPRESENTACIONES SOCIEDAD ANONIMA CUIT 30-52532274-9, todas ellas con domicilio en Carlos Della Paolera 261, piso 9, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en adelante el “Organizador”) es el organizador de la presente Promoción sin obligación de compra denominado “Encuesta Satisfacción Shoppings” (en adelante la “Promoción”) que se regirá por las estipulaciones y condiciones que a continuación se detallan (en adelante las “Bases”). Las personas intervinientes en la misma, por su sola participación, aceptan de pleno derecho todas y cada una de las disposiciones descriptas en estas Bases, así como las decisiones adoptadas por el Organizador sobre cualquier cuestión no prevista en las mismas.

 

  1. VIGENCIA: La Promoción se llevará a cabo desde las 10:00 horas del día 08/03/2023 hasta las 23.59 horas del día 30/05/2023 y se desarrollará exclusivamente en los centros comerciales: Alto Palermo Shopping, Abasto Shopping, Alto Avellaneda Shopping, Alto Noa, Mendoza Plaza Shopping, Córdoba Shopping, Alto Rosario Shopping (en adelante los “Shoppings”).

 

  1. PARTICIPANTES: Podrán participar de la Promoción aquellas personas físicas, mayores de 18 años, que residan en la República Argentina, y que respondan la encuesta “Encuesta Satisfacción Shoppings” (en adelante los “Participantes”).

 

  1. REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN: Los Participantes deberán responder la “Encuesta Satisfacción Shoppings” (en adelante la “Encuesta”) que se encontrará alojada en códigos QR distribuidos en distintos sectores de los Shoppings. Los interesados deberán escanear el código QR con sus dispositivos móviles para acceder a la Encuesta y responderla en su totalidad. Al completar la Encuesta estarán aceptando las presentes Bases y tendrán una (1) chance de participar en el sorteo que se describe a continuación.

 

  1. PROMOCIÓN SIN OBLIGACIÓN DE COMPRA: La participación de la presente Promoción no implica obligación directa ni indirecta de compra o contratación de servicio y/o producto alguno. No acumulable con otras promociones y/o beneficios vigentes.

 

  1. MECÁNICA DEL SORTEO. Todos los meses contados desde el 08/03/2023 al 30/05/2023, es decir en los meses de marzo, abril y mayo, se realizará un sorteo del cual saldrá un ganador por cada uno de los Shoppings, es decir seis (6) ganadores por mes (en adelante los “Ganadores” y/o el “Ganador”). El tercer día hábil de cada mes a las 15:00hs cada uno de los Shoppings, ante la presencia de testigos, procederá a seleccionar, a través de una formula aleatoria mediante sistema randomico denominado “APPSORTEOS” ubicado en https://app-sorteos.com/, a un ganador por cada uno de los Shoppings, extraídos de las bases de datos confeccionadas como consecuencia de las posibilidades de participación asignadas conforme a las previsiones previstas en el punto diez de estas Bases.  El Organizador se reserva el derecho de modificar la fecha del sorteo, dando en su caso, la debida comunicación y publicación. Se extraerá adicionalmente suplentes, para utilizar en caso de que el extraído inicialmente no fuese válido o no cumpla con los requisitos previstos en los puntos 2) y 3) de las presentes Bases, de manera tal de hacer posible la adjudicación de los premios correspondientes a la Promoción.

 

Cada Participante tendrá una (1) sola chance de ganar el Premio. Si un Participante hubiera participado en más de un shopping, éste formará parte de la base de todos los sorteos, pero sólo podrá resultar Ganador una única vez en toda la Promoción.  Una vez adjudicado y aceptado el Premio, el Ganador no podrá participar en los sorteos posteriores.

 

  1. PREMIO: Los Ganadores del sorteo serán adjudicatarios de un APPA GIFT por la suma de pesos veinticinco mil ($25.000) para usar en los Shoppings (en adelante el “Premio” y/o los “Premios”). Los mismos corresponderán a órdenes de compra digitales para utilizar como medio de pago en los establecimientos adheridos a ¡APPA! GIFT. Para utilizar el Premio, los Ganadores deberán tener descargada la aplicación ¡appa! El reglamento de APPA GIFT y el listado de locales adheridos podrá consultarse https://appagift.com/.

 

No se podrá exigir el canje por dinero en efectivo, otro producto ni por ninguna otra prestación, ni aun cuando no gozaran de aquellos total o parcialmente por cualquier causa.

 

El Premio se limita al detalle mencionado y por lo tanto no incluye otros bienes, prestaciones ni gastos. En consecuencia, todo gasto adicional en el que incurran los Ganadores para acceder, hacer uso o disponer del Premio correrá por su exclusiva cuenta, por lo que queda excluido los gastos de movilidad y traslado para el uso del Premio.

 

El Premio es para uso personal del Ganador y no podrán ser transferidos. Una vez entregados, el Organizador queda liberado de toda responsabilidad respecto de los mismos. El Organizador no asume responsabilidad alguna por el uso o destino dado al Premio.

 

El Organizador no reemplazará el Premio que sea extraviado o robado, después de su entrega del mismo al Ganador. El Organizador no otorga garantía de calidad, ni ninguna otra con relación al producto ofrecido como Premio. El Organizador no será responsable por los gastos en que incurrieren los Participantes en cualquier etapa del sorteo, con excepción de lo previsto en estas Bases.

 

  1. GANADORES- NOTIFICACIÓN- ACEPTACIÓN DEL PREMIO- ADJUDICACIÓN: Los Ganadores del Premio serán notificados por correo electrónico y/o telefónicamente a través del correo electrónico y teléfono denunciados al momento de participar de la Promoción. Los Ganadores deberán presentarse, dentro de los (7) días posteriores a la notificación en alguno de los Shoppings y/o en el domicilio que indique el Organizador en el horario de 10:00 a 18:00hs, y/o en el caso que se le indique aceptar el Premio vía mail, a los efectos de hacer efectiva la adjudicación y la entrega de los Premios, debiendo presentar un documento nacional de identidad a los fines de acreditar la misma y contestar correctamente una pregunta de interés general que les será formulada en el momento. Si los Ganadores no se presentaren en dicho plazo, perderán todo derecho al Premio y se seguirá el mismo procedimiento respecto del suplente, por orden cronológico de selección. En tal sentido, toda presentación o reclamo efectuado por los Ganadores en lugar distinto, fuera del horario o fechas indicadas, resultará extemporánea y hará perder, en forma automática, el derecho al reclamo del Premio. En el supuesto de que el Premio no fuera efectivamente retirado por el Ganador y/o el suplente en el plazo previsto quedarán en propiedad del Organizador.

 

Una vez cumplido con los requisitos para la adjudicación del Premio, el Organizador le asignara los créditos de “APPA GIFT” en la cuenta de ¡appa! que posea el ganador para que pueda utilizar en los locales adheridos. Será requisito ineludible que el Ganador se encuentre registrado en la aplicación para hacer efectiva la adjudicación del Premio.

 

  1. PREMIO ASIGNADO y NO RECLAMADO: Si por cualquier motivo cualquier Premio no pudiera entregarse, el Premio quedará en poder del Organizador para volver a sortear.

 

  1. IMPUESTOS y GASTOS: Todo impuesto, tasa o contribución, nacional, provincial o municipal que deba tributarse sobre o en relación con el Premio, toda suma de dinero que deba abonarse a las autoridades nacionales, sociedades del Estado, provincias o municipalidades con motivo de la organización de la Promoción o del ofrecimiento o entrega del Premio quedarán a cargo del respectivo Ganador. El Organizador no será responsable por los gastos en que incurrieren los Participantes en cualquier etapa de la Promoción, con excepción de lo previsto en estas Bases

 

  1. PROBABILIDADES: La probabilidad de ganar el Premio dependerá de la cantidad de Participantes, por lo que no es posible su predeterminación matemática. No obstante, y en cumplimiento de las disposiciones reglamentarias aplicables, en el supuesto que se reciban un total de un mil (1.000) Formularios la probabilidad sería de 0,001.

 

  1. RESPONSABILIDAD: El Organizador no será responsable por los daños y perjuicios que pudiera sufrir el Ganador en sus personas o bienes, con motivo o en ocasión de la participación y/o retiro del Premio y/o utilización del mismo. Las personas que intervengan en esta Promoción, por su sola participación aceptarán de pleno derecho todas y cada una de las disposiciones previstas en las presentes Bases.

 

El Organizador en ningún caso, será responsable por fallas en los equipos de computación, de comunicación, de suministro de energía, de líneas telefónicas, de la red Internet, ni por desperfectos técnicos, errores humanos o acciones deliberadas de terceros que pudieran perturbar, suspender o interrumpir el normal desarrollo de la Promoción.

 

Al recibir el Premio, el Ganador lo acepta sin que exista ninguna otra obligación por parte del Organizador. El Ganador conviene en liberar y eximir de toda responsabilidad al Organizador, así como a sus respectivos empleados y directivos y a cualquier otra persona directamente involucrada en la Promoción, de toda responsabilidad que en cualquier forma pueda surgir directa o indirectamente de su participación en la Promoción y/o de la aceptación y/o utilización del Premio.

 

  1. DATOS PERSONALES: Los Datos Personales obtenidos a través de la Promoción serán utilizados para las siguientes finalidades: (a) Formar un perfil del Usuario e incorporarlo en programas de fidelización de clientes, (b) Enviarle al Usuario información y material publicitario y/o promocional relacionado con la actividad que desarrolla el Organizador y/o sus sociedades vinculadas, controlantes o controladas (c) realizar un estudio de mercado de las empresas de IRSA INVERSIONES Y REPRESENTACIONES SOCIEDAD ANONIMA, PANAMERICAN MALL S.A., ARCOS DEL GOURMET S.A., Y NUEVO PUERTO SANTA FE S.A.

 

Los datos personales obtenidos con motivo de la presente Promoción, podrán ser almacenados en una base de datos de titularidad de IRSA INVERSIONES Y REPRESNTACIONES SOCIEDAD ANONIMA., PANAMERICAN MALL S.A., ARCOS DEL GOURMET S.A. y/o NUEVO PUERTO SANTA FE S.A., la cual podrá será utilizada por ella o sus sociedades vinculadas o vinculantes a los fines del envío de material publicitario y promocional por cualquier medio que considere conveniente, incluyendo medios gráficos o de impresión, o el envío de correo electrónico, ellos siempre y cuando el participante preste el consentimiento respectivo en los términos de la Ley 25.326 y sus normas modificatorias y complementarias, suscribiendo la documentación correspondiente

 

El Organizador se reserva el derecho de difundir el nombre y/o imágenes de los Ganadores por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, por el término de un (1) año y sin obligación de realizar compensación alguna. Con la sola participación en la presente Promoción, los Participantes prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres, tipo y nro. de documento e imágenes (foto y video) por los medios publicitarios y de comunicación que el Organizador disponga. La presente autorización es realizada en los términos del art. 53 del Código Civil y Comercial de la Nación, del artículo 11 del Pacto de San José de Costa Rica, del art. 31 de la Ley N° 11.723, del art. 3 inc. h) de la ley N° 22.362 y toda otra normativa concordante. En virtud de esta autorización, los Participantes no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente.

 

El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis (6) meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley N° 25.326. Asimismo, el titular de los datos tiene el derecho a rectificar sus datos, si los mismos fueran erróneos o inexactos, y de solicitar la supresión de los mismos, salvo que una norma legal, una obligación contractual u otra razón obligara o permitiera al responsable de la base de datos conservarlos.

 

La AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, en su carácter de Órgano de Control de la Ley N° 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que interpongan quienes resulten afectados en sus derechos por incumplimiento de las normas vigentes en materia de protección de datos personales.”

 

  1. FACULTADES DEL ORGANIZADOR: El Organizador podrá, a su sólo criterio modificar la duración de la Promoción y los Premios por otros de idénticas características y valores o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados dando, en su caso, la debida comunicación y publicidad y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. El Organizador podrá suspender o modificar total o parcialmente las presentes Bases cuando se presenten situaciones no imputables al Organizador, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los Participantes. El Organizador será el único que tendrá facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas Bases y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables.

 

  1. IMPEDIMENTOS PARA PARTICIPAR DE LA PROMOCIÓN: No podrán participar en esta Promoción aquellas personas menores de dieciocho (18) años a la fecha de inicio del plazo de vigencia de la Promoción ni quienes tengan su domicilio fuera de la República Argentina, los empleados del Organizador, los locatarios y empleados de los locales y/o góndolas comerciales ubicados en el Shopping, los de las agencias de publicidad relacionada con la Promoción, ni sus correspondientes familiares en primer grado de consanguinidad, en todos los casos con relación laboral vigente a la fecha de inicio de la Promoción.

 

  1. ACEPTACIÓN DE BASES: La participación en esta Promoción implica total conocimiento y aceptación de estas Bases, las que por causas ajenas y de fuerza mayor no imputables al Organizador, podrán ser modificadas, previa autorización de la autoridad de aplicación, sin que ello dé lugar a reclamo o indemnización alguna.

 

COMPETENCIA- JURISDICCIÓN: Toda relación que en virtud de la Promoción se genere entre el Usuario y el Organizador será regida y concertada en total sujeción a las leyes de la República Argentina, renunciando el Usuario a cualquier otra ley a cuya aplicación pudiera tener derecho. Asimismo, resultarán competentes para dirimir cualquier controversia o procedimiento legal que surja entre el Organizador y el Usuario, los Tribunales Nacionales en lo Comercial de la Ciudad de Buenos Aires, cualquiera sea la causa de la acción o el reclamo, con renuncia expresa por parte suya a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderle.

 

LEGALES “ENCUESTA DE SATISFACCIÓN SHOPPINGS”

 

PROMOCIÓN SIN OBLIGACIÓN DE COMPRA VÁLIDA DESDE LAS 10:00HS DEL 08/03/2023 HASTA LAS 23:59 DEL 30/05/2023, EN LOS SHOPPINGS ALTO PALERMO SHOPPING (AV. SANTA FE 3253, C.A.B.A.), ABASTO SHOPPING (AV. CORRIENTES 3247, C.A.B.A.), ALTO AVELLANEDA SHOPPING (GÜEMES 897, AVELLANEDA, PROV. DE BUENOS AIRES), ALTO ROSARIO (JUNIN 385, ROSARIO, SANTA FE), ALTO NOA (AV. BICENTENARIO DE LA BATALLA DE SALTA 702, SALTA), CÓRDOBA SHOPPING (JOSÉ DE GOYECHEA 2851, CIUDAD DE CÓRDOBA, CÓRDOBA), PARA PERSONAS MAYORES DE 18 AÑOS. LOS INTERESADOS QUE ESCANEEN EL CÓDIGO QR «ENCUESTA SHOPPINGS» DISTRIBUIDOS EN DISTINTOS SECTORES DE LOS CENTROS COMERCIALES Y COMPLETEN LA ENCUESTA EN SU TOTALIDAD PARTICIPARAN POR UN SORTEO DE UN «APPA GIFT» POR LA SUMA DE $25.000.  CONSULTE BASES Y CONDICIONES EN EL STAND DE ATENCIÓN AL CLIENTE Y/O EN LA ADMINISTRACIÓN DE LOS SHOPPINGS. IRSA INVERSIONES Y REPRESENTACIONES SOCIEDAD ANONIMA CUIT 30-52532274-9, CON DOMICILIO EN CARLOS DELLA PAOLERA 261, PISO 9, DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

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